USOS PERMITIDOS EN EL TERRENO: Todos los usos comerciales y de servicios privados que no provoquen molestias y no sean incompatibles con la zona residencial y la zona de servicios públicos. Se permite la construcción y alquiler de un minimo de 5 apartamentos. Lo anterior en concordancia del Artículo 15 de la Ley de Patentes del Cantón de La Unión, con lo cual se determina que ya que en la zona no se permite el uso habitacional, se aplica la excepción planteada en dicho artículo al requerirse patente comercial para alquilar por ser actividad comercial si permitida. USOS CONDICIONALES: Venta al por menor de materiales de construcciones en calles cerradas. Talleres de artesanía e industria artesanales que no emplee más de 5 personas, a saber: reparación de artículos eléctricos, equipo de oficina utensilios, siempre y cuando que su operación y el almacenamiento de materiales y equipo se lleve a cabo en un local completamente cerrado y en un área de piso no mayor de 200 m². SEGREGACION: - Superficie mínima del lote: 160 m² - Densidad (habitantes por hectárea): NA - Frente mínimo: 10 m - Retiro frontal: 2,5 m - Retiro lateral: NA - Retiro posterior: 2,5 m - Cobertura máxima: 60% del área del lote - Área de piso máxima: 50% superficie del lote - Altura máxima: 7 m o 2 pisos
Otras propiedades que podrían interesarte
Propiedades populares entre visitantes similares